Las asignaturas ARQUITECTURA I a VI y COMUNICACIÓN I, II y III en el Plan de Estudio VI presentan el Sistema de aprobación SIN examen final.
Como lo expresa la Res.15/81 en el Art. 1. Los trabajos prácticos podrán desarrollarse individual o colectivamente de acuerdo a lo que disponga cada cátedra. Uno de ellos, como mínimo, será desarrollado en forma individual.
El/la estudiante tiene obligación de concurrir al 80 % de las clases teóricas y prácticas, previas a cada entrega o tarea parcial y realizar el 100 % de los trabajos correspondientes al programa de cada curso.-
Las asignaturas TEORÍA I,y II INTRODUCCIÓN A LA MATERIALIDAD, SISTEMAS DE REPRESENTACIÓN, ELEMENTOS DE MATEMÁTICA Y FÍSICA MATEMÁTICA Y FÍSICA APLICADAS, PLANEAMIENTO FÍSICO I y II, ESTRUCTURAS I a III, HISTORIA I, II y III, PRODUCCIÓN DE OBRAS I, II y III, PROCESOS CONSTRUCTIVOS I, II y III, INSTALACIONES I y II se rigen por el Sistema de aprobación CON examen final individual.
En tanto las asignaturas TEORIA I y II , SISTEMAS DE REPRESENTACION, INTRODUCCION A LA MATERIALIDAD , ESTRUCTURAS I , II y III, ELEMENTOS DE MATEMATICA Y FISICA Y MATEMATICA Y FISICA APLICADA , tienen la alternativa de Promoción indirecta aprobando las instancias parciales con calificación de 7( siete) o más.
Como lo expresa la Res.15/81 en el Art. 1. Las cátedras incluidas en el sistema de aprobación por examen deberán tomar como máximo dos (2) pruebas o trabajos equivalentes referidos a los trabajos prácticos realizados.
Asimismo serán requisitos indispensables para la aprobación final de la cursada:
- Haberse inscripto en la asignatura correspondiente en las fechas dispuestas por la Facultad de Arquitectura.
- Haber aprobado la cursada de la correlativa anterior.
- Cumplir de acuerdo a sus reglamentaciones con todos los Trabajos Prácticos programados por las cátedras.
- Contar con una asistencia mínima de 80% a las clases obligatorias.
- Aprobar todos los exámenes parciales, pruebas, trabajos equivalentes o recuperatorios establecidos. El/la estudiante que haya aprobado la mitad de las pruebas y/o sus recuperatorios podrá rendir en carácter de última oportunidad, un recuperatorio en la época de noviembre que versará sobre el total de los trabajos prácticos dictados en el año.
- Asistir en las fechas establecidas al levantamiento de actas y aprobar un interrogatorio en los casos en que las cátedras lo consideren necesario.
- La aprobación de Trabajos Prácticos (cursadas) perderá su validez:
- Transcurridos tres años sin contar aquel en que la asignatura fue cursada, período que se extenderá hasta el turno de marzo siguiente e inmediato.
- Cuando el/la estudiante resultara reprobado (cero) en el examen final
- Cuando el/la estudiante resultara aplazado (1, 2, 3) por tercera vez en la misma materia.
- Cumplir con todos los trabajos prácticos programados por la cátedra; – Contar con una asistencia mínima del 80% a las clases obligatorias Aprobar todos los exámenes parciales, pruebas, trabajos equivalentes o recuperatorios establecidos.
Requisitos para rendir examen
- Haber aprobado las materias correlativas anteriores (Res.15/81 Art..3.29)
- Sólo podrán rendir en calidad de libre todas las asignaturas de la carrera excepto Arquitectura y Comunicación (Únicas asignaturas por promoción directa). (Res.15/81 Art. 3.2).
- Los/as estudiantes deben rendir examen final en calidad de regular en la cátedra taller donde aprobaran los respectivos Trabajos Prácticos.(Res. 30/89. Art. 1)
- Plazo para inscribirse a exámenes (tirar boleta) seis (6) días hábiles antes del comienzo de la mesa respectiva.(Res. 7/01 Art. 3)
Exámenes libres
- Sólo podrán rendirse 7 (siete) exámenes en calidad de libre (Aprobados o Desaprobados) en toda la Carrera. (Res.15/81 Art.3.2).
- Sólo podrán rendirse en 2 (dos) oportunidades en calidad de libre por asignatura.(Res. 18/87). (De haber desaprobado en dos oportunidades se deberá cursar la materia).
Regularidad
Para poder poder cursar asignaturas el/la estudiante deberá:
- Haber cumplido las condiciones de ingreso (para ingresantes).
- Haber aprobado una materia o dos cursadas como mínimo dentro del ciclo lectivo comprendido del 1 de abril al 31 de marzo del siguiente año, en caso contrario deberá solicitar Excepción a la pérdida de la regularidad (para ingresantes) o Readmisión (para estudiantes de 2° a 6° Año) en la fecha establecida por la Ordenanza 147; salvo excepciones del Consejo Directivo.
- En caso de haber sido Readmitido en el ciclo lectivo nombrado, deberá haber aprobado en ese período dos materias o cuatro (4) cursadas.
- El/la estudiante podrá cursar hasta un máximo de 7 asignaturas por ciclo lectivo, no pudiendo superar las 10 asignaturas entre las cursadas vigentes (no vencidas) y las asignaturas a cursar.
- Los/as ingresantes solo podrán cursar las asignaturas que se dictan en 1er año a excepción de aquellos ingresados por Pase o Ingreso y Equivalencias, o carreras simultáneas.
- Para cursar una asignatura deberán tener aprobadas las asignaturas del mismo nombre dictadas en el año anterior o por lo menos sus cursadas.
- Para cursar Estructuras 2 deberán tener aprobada Estructuras 1 e Introducción a la Lógica y a la Matemática.